Edicto de protección fabularia (5.ª ed.)
Importantes documentos legales que son la base legislativa de todas las leyes civiles de Planarcadia.

Edicto de protección fabularia (5.ª ed.)

Disposiciones generales
Disposiciones generales sobre la promulgación, vigencia y aplicación del edicto
Edicto promulgado el 1 de enero de 1855 del calendario arcadio
5.ª revisión el 1 de diciembre de 1993 del calendario arcadio

Artículo 1
Este edicto es de aplicación en todo el territorio de Planarcadia.

Artículo 2
Este edicto entrará en vigor en todo el territorio de Planarcadia a partir de la fecha de su promulgación.

Artículo 3
El presente edicto solo se aplicará a futuro y no tendrá efectos retroactivos, salvo lo dispuesto en el artículo 6 de las disposiciones generales.

Artículo 4
El presente edicto se aplica a todos los residentes de la jurisdicción de Planarcadia, incluyendo humanos, intelitrones, fabulae y otros residentes que, según los convenios correspondientes, sean considerados personas naturales.

Artículo 5
Los edictos relativos a los derechos y la identidad personal se aplican a todas las entidades físicas y personas relacionadas con la Corporación para la Paz Interastral, incluso si residen fuera de Planarcadia.

Artículo 6
Todo acuerdo privado debe respetar el presente edicto y no infringir el orden público y la moral reconocida interastralmente.

Artículo 7
En todo litigio que afecte a los derechos de los residentes de Planarcadia, el fallo no podrá contravenir las disposiciones de este edicto. En lo concerniente al orden público y la moral, prevalecerá el consenso del jurado del litigio en cuestión.

Capítulo 1
Sobre los derechos de los ciudadanos.

Artículo 8
Todos los ciudadanos mencionados en el artículo 4 del presente edicto, incluidos humanos, intelitrones y fabulae, son iguales entre sí y gozan de todos los derechos civiles garantizados por la Corporación para la Paz Interastral. Se excluye a quienes hayan recibido restricciones por sanciones penales.

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